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CANAL ASOJUPEDEMM - DENUNCIAS Y RECLAMOS A LA DEM Y A FASDEM

DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

  • HABLANDO DE BONOS DE CONSUMO PARA MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS

    Un gran número de funcionarios judiciales que hemos sufrido quebrantos de salud desde el 1º de Octubre de 2010, fecha en la que unilateralemente la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (D.E.M) suprimió el manejo de la Póliza Colectiva de Seguro de los Empleados Tribunalicios, que estaba bajo la responsabilidad de Seguros Banesco, y se lo asignó a un órgano creado por ella a tal efecto, llamado Fondo Auto Administrado de Salud de la D.E.M (F.A.S.D.E.M), cuyo objetivo primordial es reducir los costos en esta materia, hemos presentado numerosas y diversas reclamaciones a éste órgano, derivadas de su irregular funcionamiento y demora excesiva de hasta 5 meses o más en los pagos correspondientes a Clínicas y Reembolsos a sus beneficiarios. En este marco hay que decir que muchos centros privados de atención a la salud han suspendido el ingreso normal de compañeros judiciales, jubilados o activos y sus demás beneficiarios, que acuden a ellos  en condición de pacientes, salvo que se trate de una auténtica emergencia de salud. Los gastos en medicamentos para los tribunalicios cuando se trata de enfermedades agudas están limitados a tres (03) órdenes para patología por mes, por un monto máximo de 500,00 Bs. para cada titular y beneficiario; y cuando se trata de enfermedades crónicas cuyo tratamiento es continuo están limitados a una (01) orden cada dos meses por un monto máximo por orden de 3.000,00 Bs. Resulta evidente entonces que los empleados tribunalicios tienen una cobertura asegurada en materia de consumo de medicamentos por un monto muy inferior a los 10.000,00 Bs. mensuales, siendo que además son muchos los compañeros judiciales que deben disponer parte de su mermado salario mensual para adquirirlos y luego esperar por varios meses para hacer efectivo el reembolso respectivo, lo que afecta severamente su economía familiar. En cuanto al consumo de alimentos, es de señalar que de acuerdo a los índices oficiales del Instituto Nacional de Estadísticas, para ser conservadores, la Canasta Alimentaria Normativa se ubicó para el mes de Febrero en 1.445.49 Bs., en Marzo llegó a 1.452,20 Bs., en Abril alcanzó los 1.458,00 Bs, y en Mayo subió a 1.486.59 Bs, (En Junio no se conoce su valor pues no lo han publicado en su Web), de tal modo que podríamos esperar que para el mes de Julio alcance la cifra de 1.500,00 Bs. mensuales aproximadamente, cifras estas que obviamente no se ajustan a nuestra realidad social. Además el sueldo mínimo mensual aprobado para el sector público en mayo de este año fue de 1.407,07 Bs. Estas cifras son necesarias recordarlas para poner en evidencia que un Bono Especial de 10.000,00 Bs. por mes para consumo de alimentos y medicamentos, por parte de quienes gozan en forma excepcional de suculentos ingresos mensuales y anuales, constituye un evidente acto excluyente en contra de todos los trabajadores venezolanos que aspiran se mejore el valor de su Bono de Cesta Ticket así como el incremento en las coberturas de medicamentos por seguros médicos. Pretender justificar el mencionado “Bonopapa” como gastos inherentes al cargo para consumo diario de alimentos y medicamentos por 333,00 Bs. resulta por decir lo menos incomprensible, además que se contrapone a la realidad socioeconómica de la enorme masa trabajadora venezolana. ¿Y cuál explicación le darán a los casi dos millones de Jubilados y Pensionados que esperaban de la Asamblea Nacional, integrada por quienes a ellos “representan”, por ser parte del pueblo venezolano, que la Ley de Alimentación de los Trabajadores la reformarán para incluirlos en el goce del Bono de Cesta Ticket a un valor del 50% de la Unidad Tributaria, es decir a 38,00 Bs diarios, que descaradamente y en forma bochornosa la Asamblea Nacional engavetó? ¿Será entonces que el concepto de consumismo debe ser eliminado para y por quienes menos sueldos y salarios devengan? ¿Y al contrario reafirmado o enaltecido por quienes disfrutan de mayores ingresos salariales? Los trabajadores en general y en particular los tribunalicios no gozamos de un sueldo suficiente que nos permita, como lo dicta la norma constitucional garantizarnos nuestra calidad de vida. Por ello exigimos se nos respeten nuestros derechos constitucionales, legales y contractuales, así como los beneficios obtenidos a lo largo de años de lucha por ellos. No queremos seguir siendo maltratados y desconsiderados por nuestro órgano patronal y mucho menos ser excluidos de beneficios que solo a unos pocos se les dan. El dinero es efímero pero el daño es perdurable.

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AÑO 2010 - INCUMPLIMIENTOS-DEUDAS-EXIGENCIAS A LA DEM

1.- Recurrencia del aumento del 30% en los 132 días del Bono Complementario de Fin de Año 2008.

2.- 48 Días pendientes de Bono de Fin de Año 2009.

3.- 132 Días de Bono de Fin de Año 2010.

4.- 132 Días de Bono de Fin de Año 2011.

5.- 132 Días de Bono de Fin de Año 2012.

6.- Indemnización por retardo en la firma de la III Covención Colectiva, acordada en fecha 09-04-2008.

7.- Aumentos Salariales Presidenciales Años 2008, 2009, 2010, Diferencia del 15 % 2011 y sus incidencias conforme al II Convenio Colectivo.

8- Prestaciones Sociales y sus intereses.

9.- Incremento a 2500,00 Bs. Trimestrales del Bono Asistencial.

10.-Restitución de la cobertura de 2500 Bs. para ordenes de medicamentos.

11.- Pago oportuna a Clínicas Privadas como garantía de ingreso a ellas y Extensión de la Red de Clínicas afiliadas al Seguro H.C.M.

12.- Contratación de Farmacias para Ocho (8) Estados de Venezuela.

13.- Pronto pago vía reembolso de los Gastos Ambulatorios 2010 y 2011.


14.- Reconocimiento y pago de Cesta Ticket al 50% de U.T para Jubilados y Pensionados.

15.- Homologación de Sueldos a Jubilados y Pensionados de la DEM y Poder Judicial.

16.- Dotación de Sede para las Asociaciones Regionales de Jubilados y Pensionados.

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Después de algún tiempo, hemos podido alcanzar un canal de comunicación exclusivo para los Jubilados y Pensionados del Poder Judicial del Estado Mérida. Nos motiva la circunstancia que los mecanismos de lucha así como los medios informativos no nos satisfacen plenamente y que además nuestros beneficios socioeconómicos han sido reiteradamente disminuidos, desconociendo el órgano administrativo, es decir la Dirección Ejecutiva de la Magistratura los derechos que nos asisten y los beneficios hasta ahora alzanzados, que en buena lid nos ganamos durante tantos años de servicio.

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